Podéis recuperar el IVA pagado en el extranjero a lo largo del 2011 en todos los países de la Unión Europea y aquellos que tienen convenio de reciprocidad con España (Suiza, Noruega, Canadá, Mónaco, Japón e Israel). Dentro de esta actividad los técnicos del Departamento de Comercio Exterior facilitan asesoría sobre los conceptos recuperables, siguen los expedientes en las administraciones de Hacienda de forma detallada y emiten recursos si es necesario.
Los conceptos recuperables varían en función del país, pero en general son: Ferias y congresos, servicios de consultoría, hoteles y restaurantes, traductores e intérpretes, servicios de transportes y combustible, alquiler de vehículos, honorarios de abogados
El plazo de presentación en la Cámara de la documentación del IVA soportado en el extranjero durante el año 2011 finaliza el 13 de julio de 2012.
Para más información y solicitud de los formularios podéis poneros en contacto con nosotros en [email protected]