El Igape acaba de publicar en el DOGA del 25 de junio el programa RE-Imaxina con tres líneas de financiación subsidiada para facilitar el acceso a la financiación en las inversiones de las microempresas, de los emprendedores y de las pymes que mejoren su competitividad, estas líneas son:
Línea Microcréditos: créditos para financiar inversiones en las microempresas gallegas.
Línea Pyme joven: créditos para financiar inversiones en proyectos emprendedores.
Línea Pyme competitiva: créditos para financiar inversiones que permitan mejorar la competitividad de las pymes gallegas.
Las actividades objeto de financiación para las operaciones de las líneas Microcréditos y Pyme joven podrán ser todas las actividades económicas, salvo:
a) Las actividades relacionadas con la exportación, la creación de redes de distribución e inversiones vinculadas a la actividad de exportación.
b) Las actividades del sector del carbón.
Para las operaciones de la línea Pyme competitiva, la beneficiaria deberá desarrollar alguna de las actividades recogidas en el anexo II a las bases.
Con carácter general, serán financiables los siguientes conceptos de gasto que se materialicen en:
a) Inmovilizado material de primer uso, salvo la adquisición de terrenos y edificaciones:
– Reforma y adecuación de locales.
– Bienes de equipo y unidades funcionales de explotación independiente.
– Elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales, salvo vehículos de transporte de mercancías por carretera por parte de empresas que realicen esta actividad por cuenta ajena.
– Honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.
– Otras inversiones en activos fijos materiales.
b) Inmovilizado intangible nuevo adquirido a terceros: únicamente aplicaciones informáticas, propiedad industrial, propiedad intelectual, canon de entrada de concesiones administrativas o de franquicias, e inversiones de acondicionamiento realizadas en un local arrendado y que queden definitivamente incorporadas a aquel.
En las operaciones acogidas a la línea Microcréditos serán financiables además bienes usados.
En las operaciones acogidas a la línea Pyme joven se podrán financiar también bienes usados, y además:
– La adquisición de terrenos y edificaciones.
– Los aprovisionamientos y gastos necesarios para la puesta en marcha del proyecto, incluyendo gastos de establecimiento, con un máximo del 20% del importe financiable.
En las operaciones acogidas a la línea Pyme competitiva se podrán financiar además las inversiones en investigación y desarrollo (personal, materiales, colaboraciones externas con instituciones tecnológicas y otros centros, costes de materiales para pruebas y ensayos, y otros costes indirectos), con un máximo del 25% del importe financiable.
También podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
Requisitos para cada línea de financiación, se establecen los siguientes requisitos adicionales:
a) Para la denominada Microcréditos, podrán ser beneficiarias aquellas empresas con un centro de trabajo en Galicia, con menos de 10 trabajadores y con una cifra de negocios anual o balance general anual que no exceda de los 2 millones de euros.
b) Para la denominada Pyme joven, podrán ser beneficiarias aquellas empresas que ejerzan o tengan intención de ejercer su actividad económica en Galicia y que, además, no vengan desarrollando la misma actividad para la que solicitan la financiación en un plazo superior a dos años a contar desde la fecha de presentación en el Igape, directamente o mediante su participación en el capital de otra sociedad que desarrollase la misma actividad.
c) Para la línea denominada Pyme competitiva, podrán ser beneficiarias aquellas empresas que vengan ejerciendo en Galicia por un período superior a dos años alguna de las actividades recogidas en el anexo II de estas bases.
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