El Diario Oficial de Galicia de 9 de diciembre de 2015,publica las festividades carácter local que, a propuesta de los Plenos de los respectivos Ayuntamientos de las cuatro provincias autonómicas, tienen la consideración de fiestas laborales retribuidas y no recuperables. Estos dos festivos locales habrán de añadirse a los 12 de carácter general -recogidos en la Resolución de 19 de octubre de 2015 de la Dirección General de Empleo – para confeccionar el calendario laboral de la Comunidad Autónoma Gallega para el 2016.
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